Indulto Bicentenario

Miguel Urrea

La Iglesia Católica Chilena ha propuesto la creación de un indulto para aquellas personas que han cometido delitos, hasta ahora, no conocemos a fondo cúal va a ser la propuesta y no hemos ahondado en esto, porque el gobierno tampoco quiere establecer una posición distinta, dejando en claro que la idea no es suya y que dan la autoría completa a la Iglesia.

Usted se preguntará ¿Por qué la Iglesia propone esto? ¿Por qué se mete en estos temas?.

La idea viene de la propia Biblia y más alla, viene del pueblo de Israel. La idea del indulto esta presente en el libro del Levítico, uno de los cinco libros que conforman la Torá (la ley, el pentateuco, etc...), especificamente el indulto no es aplicable en cualquier momento, sino en periodos de jubileo del pueblo.

El libro dice textualmente (Levítico 25, 10): "Declararán santo el año cincuenta, y proclamarán al país la liberación para todos sus habitantes. Será para ustedes un Jubileo; cada uno recobrará su propiedad, y cada cual regresará a su familia".

El levítico es un libro escrito por Moisés, y es más Palabra de Dios que muchos otros libros de la Biblia, porque esta escrito por inspiración divina y más que eso, escrito textualmente por lo que mando Dios (incluso el libro esta escrito en primera persona, identificandosé como Dios quién habla (no se identifica como Dios, sino que por el nombre santo, que no reproduciré en respeto a la solicitud hecha por los hermanos Judíos, de no mencionar el nombre de Dios, a la Iglesia Católica)). Aunque, historicamente, no hay antecedentes que el pueblo Judío haya aplicado estas medidas.

Volviendo al tema, lo que la Iglesia hace es lo que Dios pide, es decir cuando el país cumpla 50 años y cada 50 años (100, 150, 200 años) se celebre un Jubileo, que debe tener las especificaciones que el libro menciona. La iglesia también celebra su propio Jubileo, que se celebra los años del nacimiento de Jesucristo, siendo el último jubileo de la Iglesia, el año 2000.

Jubileo, proviene de Jobel, que es el cuerno con que se anuncia (en el pueblo Judio) el comienzo de este año santo o jubilar. Pero, el jubileo tiene un arraigo cultural mucho más fuerte, de esta palabra proviene Júbilo y de esta Jubilación (periodo de Júbilo de las personas después de una vida de trabajo, aunque en la realidad no tiene nada de Júbilo). El Júbilo es una alegría que se manifiesta exteriormente y como tal, viviendo en este año de Júbilo o de Bicentenario del país, la alegría se debe expresar publicamente y con hechos concretos.

De esta situación, tenemos dos variantes que podemos hacer, una la celebración pública y segundo el indulto. Pero el primer punto no lo voy a abordar, enfocándome en el tema del indulto.

Ya conociendo de donde viene el Indulto y la justificación de la Iglesia, lo importante es ver ¿Qué es un indulto?.

El Indulto es un perdón que se le hace a la persona por el delito cometido, pero el perdón que se hace es el perdón de la pena (no del delito). Es decir, un asesino puede ser indultado, pero para la ley sus antecedentes segirán diciendo que es un asesino, ya que solo se perdona la pena que esta cometiendo y no perdona el delito, ni la responsabilidad del delito.

Pero ¿es importante esta diferencia?, si es importante porque, por ejemplo, toda pena aflictiva implica la perdida de la condicion de ciudadano y con este, el derecho a voto. El indultado que perdió estos derechos, mantendrá estos derechos como perdidos y los tendrá recuperar de la manera que la ley disponga.

El indulto implica el revisar, caso a caso, las posibles personas que serán beneficiadas y no se tomán criterios generales de grupo, es decir no se puede aplicar el indulto a ciertas personas que cometieron ciertos delitos, sino se aplica por criterios humanitarios. Por esta razon, no se puede indultar solamente a los ladrones, sino que necesariamente implica estudiar caso a caso, hayan sido, ladrones, asesinos, violadores, etc.

Usted pensará: ¿Qué haremos con todos estas personas peligrosas libres?, bueno, no necesariamente tienen que quedar en libertad, las personas con patologías como asesinos y violadores, estarán encerrados en clinicas psiquiatricas, y por esto es importante cosiderar la responsabilidad que conlleva el indulto.

Esta responsabilidad del indulto, implica considerar la rehabilitación de los afectados y la calidad de vida de las personas, estas personas y nosotros los ciudadanos. Implica "que puedan recuperar su propiedad y su familia", es decir que la sociedad los acepte y que se puedan incorparar a un trabajo, entre otros temas.

Lamentablemente para los afectados, esta no considera el legitimo hecho y derecho, de los que fueron victimas de delitos, de solicitar que un delincuente pague por los hechos cometidos.

Otra situación importante es la posible no incorporación de los indultados a la sociedad y que esto se mantengan, como dice Locke, en el estado de naturaleza, en tal situación no queda más que volverlos a encarcelan cuando no cumplan la ley.

Por todo esto, un indulto bicentenario implica el perdón de los delitos a todos quienes han sido enjuciados, y considerar los casos persona por persona y tomando sólo los criterios humanitarios, sin considerar la opinión de los afectados, ya que si esta fuera asi, sería un segundo juicio al recluso y en su gran mayoría los afectados no van a estar de acuerdo con el perdón (sea cual sea el delito).

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ROSA
dijo:
20/07/2010 a las 13:17

Muy buen y esclarecedor articulo...

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Jorge
Jorge dijo:
21/07/2010 a las 11:58

Muy bien por el júbilo, el indulto o perdón de la iglesia cátolica que aprovecha de hacerlo cada 50 años, quiero llegar a que si no hay antecedentes de indulto por el pueblo judío le informo a ud señor que lo hacemos año a año en la fecha que corresponde a Iom Kipur. Además usamos el calendario Lunisolar que diferencia mucho del Gregoriano y nuestro año actual es el 5770 y no el 2010 Gregoriano. Bueno, tomando en cosideración los hechos de violaciones o abusos a menores de edad por parte de la Iglesia o mejor dicho de funcionarios de la fe católica, si sería interesante conocer de que manera se pude indultar a esta persona si comete algun delito con alguno de los suyos?

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LUIS TAPIA RUIS
dijo:
23/07/2010 a las 15:32

Punta Arenas Miercoles 23  deJulio del 2010

Señor
Editor de medio de comunicacion y difucion Publica
presente.

De nuestra mayor consideracion hacemos llegar a su prestigioso medio,declaracion del
abogado de derechos humanos Nelson Caucoto en relacion al indultode los violadores de los derechos humanos en Chile y la cual propone la Iglesia Catolica.

 

“El indulto a los violadores de derechos humanos es inconstitucional”

Loreto Soto

En conversación con el programa Radio Análisis de nuestra emisora, el abogado especialista en derechos humanos indicó que la eventual extensión del Indulto Bicentenario a quienes hayan participado en crímenes de lesa humanidad es inconstitucional, porque transgrede el derecho internacional consagrado en nuestra Constitución y los tratados suscritos por Chile en la materia.

A pocas horas de que se conozca la propuesta que entregará la Iglesia Católica al Ejecutivo sobre el Indulto Bicentenario, se mantiene la polémica respecto de si se debe o no otorgar este beneficio a quienes hayan cometido crímenes de lesa humanidad.

En conversación con el programa Radio Análisis de nuestra emisora, el abogado especialista en derechos humanos, Nelson Caucoto indicó que esta iniciativa podría ser incluso inconstitucional porque viola el derecho internacional y los acuerdos suscritos por Chile  sobre este aspecto.

“En materia de crímenes de guerra y de lesa humanidad no puede haber indulto alguno. Ni el Presidente Piñera, ni la Iglesia Católica  ni el conjunto de las iglesias evangélicas, ni el Congreso Nacional ni ninguna autoridad de cualquier naturaleza, puede conceder indultos a criminales de los derechos humanos. Así de absoluto, categórico y preciso”, dijo.

El jurista explicó que “Chile tiene una carta política y un ordenamiento jurídico que se fundamenta en la Constitución, que establece en su artículo 15 la vigencia de los tratados internacionales y del derechos internacional humanitario en general. El derecho internacional también se compone del derecho de gentes, que es más antiquísimo que el de los tratados, donde ya se consagraba, desde hace mucho tiempo, la necesidad de no establecer plazos de prescripción o plazos que puedan permitir la impunidad a los violadores de derechos humanos”.

De hecho, el 3 de diciembre de 1973, en los albores de la dictadura militar, nuestro país suscribió  una declaración de la Asamblea General de las Naciones Unidas denominada “Principio de cooperación internacional para la identificación, detención, extradición y castigo a los culpables de crímenes de guerra o de lesa humanidad” y, según Caucoto,  este hecho marcó la forma en que se debía actuar de ahí en adelante en esta materia.

“Desde ese punto de vista uno entiende que conceder el indulto implica quebrar esta obligación de detención, enjuiciamiento y castigo a los que han cometido crímenes de lesa humanidad porque una iniciativa como esta puede significar la condonación de toda la pena o de una condonación parcial.  Puede haber distintas maneras de entender el indulto, pero siempre va a haber un menoscabo del castigo”, sostuvo el abogado.

En este sentido, Caucoto comentó que nuestro país debería seguir el camino que tomó Argentina, donde se  declararon inconstitucionales y se anularon todos los indultos otorgados a violadores de derechos humanos durante el gobierno de Menem.

“Fueron los tribunales argentinos los que comenzaron a declarar estos indultos inconstitucionales en la medida en que eran contrarios al derecho internacional. Después de eso, se tuvo que dictar una ley que declarara absolutamente nulo todos estos beneficios, ya que también se anularon las leyes de caducidad y de amnistía general. Con eso nos podemos dar cuenta que hay un camino que es bastante homogéneo y fundamentado en términos de que los indultos no pueden ser una resistencia o un obstáculo a que se imponga, precisamente, el derecho internacional en los crímenes de lesa humanidad”, argumentó.

Por lo mismo, Caucoto insistió en la necesidad de mantener y resguardar el concepto de imprescriptibilidad para este tipo de delitos.

“Eso significa que en cualquier lugar y en cualquier tiempo en que se hayan cometido estas afrentas a la humanidad, los autores debieran ser enjuiciados y castigados. La sanción debe ser ejemplar y debe tener consecuencias para las sociedades del presente y del futuro. De esa forma,  se pueden fijar claramente la función  que tiene la pena, que es prevenir para que el delincuente sepa lo que significó su actuar antijurídico e ilegítimo. Estos castigos también sirven para anunciarle a la sociedad que cualquiera que cometa estos delitos va a tener las mismas consecuencias sobre su persona en cuanto a la privación de la libertad y del castigo que le va a imponer el Estado y ahí estamos en un nudo ciego que no se puede resolver ante estos indultos que se pregonan en la sociedad chilena”, aseguró.

Avances

De todas formas, el abogado destacó los avances que se han producido en materia de derechos humanos en los últimos sesenta años y afirmó que ya no hay punto de retorno.

“El tema de los derechos humanos es una lucha permanente por conseguir consensos básicos a nivel mundial  y la humanidad, sin darse cuenta, se subió a una locomotora que anda a mil kilómetros por hora y es un tren bala imparable porque todo lo que se viene hacia el futuro es una ampliación del catálogo de los derechos de las personas y de deberes de los Estados, lo que es muy significativo. En ese aspecto hay signos inequívocos de lo que hemos avanzado”, agregó.

En esa línea, Caucoto finalizó diciendo que “Los violadores a los derechos humanos no salen de vacaciones ni a Mendoza, ni a Lima ni a La Paz porque existe un cerco, una cárcel invisible, que no pueden traspasar sin tener que sufrir los efectos negativos de ser reconocido como un violador a los derechos humanos en el marco mundial. Eso demuestra la gran injerencia que tiene el derecho internacional”.



recibido y reenviado por
--
Agrupación Solidaria de Ex Presos Políticos y Torturados de Magallanes
http://wwwagrupacionsolidariaexppmagallanes.blogspot.com/

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margarita de los angeles hidalgo montecinos
margarita de los angeles hidalgo montecinos dijo:
13/07/2011 a las 22:34

Yo pienso k hay personas k estan enfermas en las carceles me resfiero a carceles de mujeres,como por ejemplo:lA DE TALCA con un delito muy  bajo y sin embargo estan esperando k se mueran en la carcel,como por ejemplo:paola abarca k tiene un lupus terminal ella se merese un perdonaso por parte d la justicia por su muy buen comportamiento y arrepentimientos en los hechos ocurrido anteriormente.

este comentario ojala llege a oidos de las personas k puedan aser algo por ella, el señor jusgara.yo solamente ago un comentario..

 

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